martes, 29 de enero de 2013

HURACAN LE ENVIO UNA NOTA AL PARMA POR BATTAGLIA

La siguiente es la nota enviada por las autoridades del Club Atlético Huracán al Presidente del Parma Football Club S.p.A sobre la situación contractual que vincula al jugador Rodrigo Battaglia con la Institución.

Ciudad A. de Buenos Aires, Enero de 2013

Parma Football Club S.p.A.
Sr. Presidente

De nuestra consideración:

​Tenemos el agrado de dirigirnos a Usted, en nuestro carácter de Presidente y Secretario General de CLUB ATLETICO HURACAN ASOCIACION CIVIL, a fin de poner en vuestro conocimiento la situación contractual del futbolista Sr. RODRIGO BATTAGLIA (D.N.I. 35.988.551).-
​El futbolista mencionado se vinculó jurídicamente a nuestro Club, mediante un contrato deportivo aboral que debió cumplir hasta el 30 de Junio de 2013.-
​Sin embargo, en forma intempestiva y unilateral, sin intimación previa y alegando falsas
circunstancias, el mencionado futbolistarompió el contrato de trabajo sin causa justificada en fecha 7 de Enero de 2013.-
​Esta última circunstancia fue reconocida expresamente por el futbolista en el telegrama que remitiera  Huracán, según sus propias manifestaciones obrantes en el anteúltimo párrafo del mismo.-
 ​Se adjunta al presente copias del telegrama que el futbolista remitió a Huracán y de la carta
documento de contestación del Club.-
 ​Hemos recibido noticias mediante las cuales nos advierten que Parma Football Club S.p.A. estaría interesada en contratar los servicios deportivos del mencionado futbolista.-
 Sabemos también del invalorable esfuerzo realizado por las instituciones vinculadas al fútbol, entre as cuales incluimos a vuestra institución, en defensa de la estabilidad contractual y el
mantenimiento del vínculo laboral.-
 ​Sin perjuicio de ello y en aras de la defensa del patrimonio del Club Atlético Huracán, comunicamos formalmente que, en caso que Parma Football Club S.p.A. o cualquier otra institución deportivacelebre contrato de trabajo con el futbolista Sr. Rodrigo Battaglia, procederemos a formular la denuncia respectiva por ante FIFA.-
 Con fundamento en la extinción del contrato de trabajo ejercida por el futbolista sin causa alguna y a inexistencia de sustentofáctico y/o jurídico de tal proceder, con el fin de reclamar las sanciones conómicas y deportivas en orden a lo dispuesto por el art. 17 del Reglamento sobre el Estatuto y la transferencia de Jugadores de FIFA.-
 Específicamente, se requerirá ante FIFA se condene al jugador al pago de una indemnización, resarciendo el perjuicio patrimonial ocasionado, responsabilizando a su pago en forma solidaria a la institución deportiva con la cual se vincule. Asimismo, se requerirá una sanción deportiva consistente en su inhabilitación, como así también se le impida a la institución que contrate sus servicios a incorporar futbolistas durante el transcurso de dos temporadas.-
 ​Todo ello, como se indicara ut-supra, con fundamento en la ruptura contractual sin causa justificada en la cual ha incurrido el Sr. Battaglia y el ordenamiento jurídico reglamentario FIFA.-
 ​Por todo lo expuesto, solicitamos tenga a bien adoptar las medidas que fueren pertinentes a efectos de resguardar los principios que deben prevalecer en el ámbito del fútbol mundial, a fin de preservar el patrimonio institucional y el debido respeto de los vínculos contractuales.-

​ Sin más, saludamos a Usted muy atentamente.-

Departamento de Prensa

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